México.- Sancionarán con penas de uno a nueve años de prisión y multas de 20 mil a 50 mil días de salario mínimo a quien venda o comercie con muestras médicas y/o falsifique o adultere material para envase de medicamentos, señaló la Secretaría de Salud.
De acuerdo con las reformas a la Ley General de Salud, publicadas este martes en el Diario Oficial de la Federación, en un decreto se adicionó una fracción IV al artículo 464 Ter de esta legislación en materia de medicamentos.
En un segundo documento la SSA y las entidades federativas, se coordinarán para la promoción del uso del condón, priorizando a las poblaciones de mayor vulnerabilidad y riesgo de contraer la infección del VIH/SIDA y demás enfermedades de transmisión sexual.
Mientras que en un tercer decreto se establece que para el ejercicio de actividades profesionales, técnicas y auxiliares en el campo de la optometría se requiere que los títulos profesionales o certificados de especialización sean expedidos legalmente y registrados por las autoridades educativas competentes.
Los decretos entrarán en vigor a partir de este miércoles.
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